Introducción
El Colegio Sagrado Corazón de Jesús es una escuela católica privada co educacional, con grados desde Pre-Kinder hasta Octavo, que ofrece a sus estudiantes una educación integral dirigida al desarrollo de seres humanos con valores cristianos y morales. Se ofrece un currículo variado y enriquecedor que utiliza tanto el idioma inglés como el español como vehículos de enseñanza.
Como toda institución educativa, nuestro colegio acoge anualmente un grupo variado de estudiantes que presentan diferentes necesidades, situaciones y características. En el presente documento focalizaremos en aquellas necesidades que impactan directamente la capacidad de aprender que posea el estudiante. Reconocemos que existen estudiantes que presentan dificultades para aprender o muestran comportamientos inadecuados, que están relacionados a condiciones físicas y/o emocionales, que afectan su aprendizaje, o limitaciones físicas, permanentes o por un período de tiempo, que pueden hacer que al estudiante se le haga más difícil alcanzar la ejecución académica esperada.
Dadas estas circunstancias y reconociendo que estos estudiantes forman parte de nuestra comunidad escolar, y estando claros de que existen leyes estatales y federales que los amparan, se hace necesario establecer un protocolo claro y preciso para atender a esta población de estudiantes dentro de nuestra institución. Este ofrecimiento se hace bajo la aclaración, presente en nuestro Reglamento Escolar de que el Colegio Sagrado Corazón no es una institución que ofrece servicios de educación especial. Siendo así, estas necesidades se trabajan tomando en consideración que las recomendaciones ofrecidas no resulten onerosas para la institución o impliquen la compra de equipo, facilidades tecnológicas o físicas que no tiene el colegio y que no planifica tener. Estas solicitudes se tramitan a través de la Oficina de la Consejera Escolar.
El Acomodo Razonable, es definido, en el Manual de Acomodos creado por el Departamento de Educación, como las prácticas y procedimientos en las áreas de presentación, forma de responder, ambiente, lugar, tiempo, e itinerario que provee acceso equitativo durante la enseñanza y evaluación, para estudiantes con algún tipo de impedimento. Estos acomodos tienen la intención de reducir o quizás eliminar los efectos del impedimento en los estudiantes, pero no reducen en forma alguna, las expectativas para el aprendizaje.
Basándonos en los argumentos antes presentados y la experiencia previa al trabajar con estudiantes con dificultades en el aprendizaje, se establece el siguiente Protocolo para atender los casos de estudiantes que requieran algún tipo de acomodo razonable. Este será conocido como Protocolo de Acomodo Razonable.
Protocolo de Acomodo Razonable:
1. El padre, madre, o tutor del estudiante deberá acudir a la Oficina de la Consejera Escolar y allí recibirá el formulario de solicitud para acomodo razonable. La Consejera Escolar será la encargada de orientar al padre, madre, o tutor sobre el procedimiento a seguir para que su hijo(a) pueda recibir la atención que se está solicitando. Siempre aclarándole al padre, madre, o tutor que nuestra institución no cuenta con los servicios directos de maestros de educación especial, ni con las facilidades que necesariamente se requieren para ciertos tipos de impedimentos.
2. Luego que el padre, madre, o tutor haya completado la información solicitada por la Consejera Escolar, que incluye traer una evaluación reciente del estudiante (de no más de dos años de realizada) en donde se incluya la condición diagnosticada y las recomendaciones a seguir por los maestros, se procederá entonces a coordinar una reunión con la maestra de salón hogar y los demás maestros que le ofrecen clase al estudiante. A esta reunión podrá asistir el padre, madre o tutor del estudiante. Además, asistirá la Consejera Escolar y en la misma podrá estar presente la Principal, según la disponibilidad. Esta reunión deberá programarse y realizarse no más tarde de diez días luego del padre haberla solicitado. Los maestros tendrán conocimiento previo de cual será el caso a discutir y las opciones que hay disponibles para atender las necesidades del estudiante.
3. La reunión entre la Consejera y los maestros debe dar como resultado el desarrollo de un plan de acción a seguir por parte del Colegio y los padres, para dar atención a la situación del estudiante.
4. Luego de esta reunión, si el padre, madre, o tutor del estudiante no asistió a la misma, la Consejera Escolar convocará a una reunión y le explicará el plan de acción desarrollado, para atender las necesidades que presenta el estudiante.
5. Este plan podrá ser revisado y enmendado cada año escolar o de ser necesario antes, para atemperarlo a los cambios que se estén dando con relación al estudiante, el aprovechamiento académico que presenta, cambios en su condición y el tipo de acomodo que se esté ofreciendo. La reunión para llevar a cabo esta revisión podrá ser solicitada por el padre, madre, o tutor, la Principal, la maestra de salón hogar, o alguno de los maestros que trabajan con el estudiante. Es este caso, la presencia de la maestra de salón hogar en conjunto con quien solicita la reunión sería suficiente, toda vez que se trabajaría a la luz del plan de acción diseñado previamente. De entenderse que se necesita la presencia de alguna autoridad escolar, la maestra de salón hogar hará las gestiones pertinentes.
6. Una vez completado el proceso, o sea cuando se ha diseñado y completado el plan de acción se mantendrá copia del mismo en el expediente del estudiante.